1. OBJETO

COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L., con CIF nº B-86561412, y con domicilio en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”), realizará una Promoción de apoyo para fomentar el consumo de los productos de The Coca-Cola Company, Monster Energy Company y Capri-Sun (en adelante, los “Productos”) que comercializa y que son Productos Promocionados en la presente promoción, de acuerdo con lo detallado en el apartado 4 de las presentes Bases, en los establecimientos de Alimentación de ámbito local que decidan adherirse a la promoción (en adelante, el “Establecimiento” o los “Establecimientos”).

En cualquier caso, únicamente los primeros 3.000 Establecimientos dados de alta por su comercial y que soliciten a CCEP IBERIA adherirse a la presente promoción podrán participar en ella. Una vez cubierto este cupo, no se admitirán nuevas inscripciones de Establecimientos en la presente promoción.

Además, para que dichos Establecimientos inscritos puedan seguir participando en la presente promoción y, por tanto, puedan seguir acumulando puntos para su posterior canjeo por los regalos disponibles en la presente promoción mediante la mecánica canjeo de premios de catálogo, los Establecimientos deberán comprar a CCEP IBERIA todos los meses naturales de duración de su participación en la promoción al menos una (1) caja de Productos Promocionados en la presente promoción. En caso de que los participantes no realicen dicha compra mínima, serán dados de baja en la promoción por parte de CCEP IBERIA, según se detalla en las presentes Bases.

2. FECHAS

La promoción estará vigente del 1 de febrero de 2020 al 31 de octubre de 2020, ambos incluidos.

Los clientes podrán canjear los puntos acumulados en la presente promoción entre el 1 de abril de 2020 y el 30 de noviembre de 2020.

3. ÁMBITO

Nacional y, en concreto, en los establecimientos de Alimentación de ámbito local que decidan adherirse a la promoción, de acuerdo con las limitaciones de participación detalladas en el apartado 1 de las presentes Bases.

4. PRODUCTOS PROMOCIONADOS

Los Productos Promocionados en el programa Tu Tienda de Barrio 2020 serán los productos comercializados por CCEP IBERIA de las siguientes marcas, en los formatos y sabores detallados en el apartado 6 de las presentes Bases:

  • Coca-Cola.
  • Fanta.
  • Sprite.
  • Aquarius.
  • Nestea.
  • Nordic Mist.
  • Schuss.
  • Powerade.
  • Honest.
  • Appletiser.
  • Coca-Cola Plus Coffee.
  • Coca-Cola Energy.
  • Monster.
  • Burn.
  • Capri-Sun.
  • Minute Maid.
  • Smartwater.
  • Aquabona Singular.

Adicionalmente, a lo largo del periodo promocional del programa Tu Tienda de Barrio 2020 podrán lanzarse modalidades promocionales específicas, en las que podrán ser Productos Promocionados otros productos comercializados por CCEP IBERIA. En tales supuestos, serán detallados en la modalidad promocional de que se trate los productos promocionados correspondientes a la modalidad promocional, que tan solo serán productos promocionados en relación con la modalidad promocional de que se trate y durante el plazo de duración de la modalidad promocional de que se trate.

5. PARTICIPACIÓN Y COMUNICACIÓN

Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, titulares de los Establecimientos dentro del ámbito de la promoción que acepten las presentes bases promocionales (en adelante, el “Titular”).

Para participar el titular del Establecimiento deberá comunicárselo a su comercial antes del 30 de abril de 2020. Es decir, se admitirán altas en la presente promoción exclusivamente hasta el día 30 de abril de 2020.

Si el Establecimiento cumple los requisitos de participación detallados en las presentes Bases, se procederá a su alta con sus datos: Código cliente CCEP IBERIA, nombre establecimiento, dirección del establecimiento, persona de contacto (dueño o empleado), nombre, apellidos, DNI/Tarjeta de Residencia/Pasaporte, teléfono móvil, teléfono fijo y e-mail.

Una vez realizada dicha alta, el Titular inscrito recibirá un correo electrónico con sus credenciales de acceso a la página web promocional www.tuytutiendadebarrio.es. El plazo estimado para el envío de dichas credenciales por parte de CCEP IBERIA es de, aproximadamente 7 días (plazo estimativo).

Todos los Establecimientos que participen en la presente promoción tendrán las credenciales siguientes:

  • Usuario: número de cliente
  • Contraseña: En el momento del registro, la página web promocional solicitará al participante la definición de una contraseña.

Una vez introducidas sus credenciales por primera vez, el sistema le pedirá al titular del establecimiento que accedió que verifique todos los datos y acepte los Términos y Condiciones y la Política de Privacidad de la promoción.

En caso de pérdida de las credenciales, el Cliente podrá solicitar su reestablecimiento a través de un correo electrónico que deberá remitir a hola@tuytutiendadebarrio.es o vía telefónica mediante llamada al número 919 100 360.

El envío de las credenciales reestablecidas se realizará al correo electrónico que se indicó en el proceso de registro de alta del cliente.

Se podrá dar de baja a cualquier Establecimiento del Programa en caso de que deje de pagar las facturas debidas por el suministro de Productos comercializados por CCEP IBERIA o en caso de que no realice a CCEP IBERIA las compras mínimas de Productos Promocionados detalladas en las presentes Bases promocionales y necesarias para continuar siendo Establecimiento participante en la presente promoción.

En este último caso, el Cliente será informado de su baja y dispondrá de un plazo de 60 días naturales para canjear sus puntos disponibles desde el momento de la baja. Una vez pasado este periodo, los puntos restantes o que el establecimiento no hubiera procedido a canjear perderán su validez, lo que significará que el participante no podrá proceder a canjear los mismos, sin que nada pueda reclamar a CCEP IBERIA por dicho motivo. En caso de que el Establecimiento del Programa tenga alguna deuda pendiente con CCEP IBERIA y no la subsane en el plazo de 60 días naturales, ni siquiera podrá realizar el canje de los puntos disponibles.

Cada Establecimiento se considerará como un único participante dado de alta en la promoción y sus puntos no podrán ser traspasados a otros clientes de CCEP IBERIA o Establecimientos sin la aprobación expresa y por escrito de CCEP IBERIA aunque, en caso de que un mismo titular tenga varios Establecimientos bajo un mismo NIF, podrá solicitar a CCEP IBERIA la unificación de todos sus puntos bajo un único Establecimiento, a expensas de que CCEP IBERIA, a su sola discreción, conceda la unificación o no.

La inscripción en la presente Promoción por el Titular del Establecimiento implica la aceptación íntegra de las presentes Bases promocionales.

6. OBTENCIÓN DE PUNTOS

El Titular, al realizar compras a través de su Establecimiento de cajas de los Productos Promocionados, acumulará puntos para su posterior canje por regalos físicos incluidos en el catálogo online disponible en www.tuytutiendadebarrio.es.

Los puntos que el Establecimiento participante vaya acumulando mediante sus compras se ingresarán en la cuenta de puntos que se haya abierto a favor de dicho Establecimiento en la página web www.tuytutiendadebarrio.es, cada mes.

Con carácter general, una vez dado de alta el Establecimiento en la presente promoción, los puntos obtenidos por dicho Establecimiento serán calculados desde el mes de alta en la promoción hasta el día 31 de octubre de 2020. Es decir, el establecimiento percibirá los puntos acumulados por todas las compras que haya realizado a CCEP IBERIA durante el mes natural de su alta, independientemente del día del mes en que se haya dado de alta (por ejemplo, si un establecimiento se da de alta en la promoción el día 20 de abril de 2020, acumulará puntos por las compras realizadas a CCEP IBERIA desde el día 1 de abril de 2020).

Como excepción a lo anterior, y con la finalidad de incentivar el registro de participantes en la presente promoción durante los meses de febrero y marzo de 2020, si un Establecimiento se da de alta durante el mes de marzo de 2020 (hasta el 31 de marzo de 2020), acumulará puntos por aquellas compras realizadas a CCEP IBERIA durante los meses de febrero de 2020 y marzo de 2020.

En cualquier caso, a efectos de obtención de puntos, se tendrán en cuenta las operaciones registradas desde el momento de inicio de acumulación de puntos (de acuerdo con lo establecido en los dos párrafos anteriroes) y hasta el 31 de octubre de 2020.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá acumular hasta un máximo de 2.230 puntos cada mes y un total de 20.070 puntos en la promoción.

Se obtendrán puntos de dos formas diferentes: Mecánica A compra de productos y Mecánica B obtención de puntos extra, según se detalla a continuación.

MECÁNICA A: COMPRA DE PRODUCTOS

Se premiará, mediante la concesión de puntos, la compra mensual de los Productos promocionados de acuerdo con los bloques por categorías de productos detallados a continuación.

A los efectos de la presente promoción, existen cinco bloques de categorías de Productos Promocionados para la obtención de puntos mediante la compra de diferentes Productos Promocionados.

Bloques de categorías de Productos Promocionados.

  • Bloque “Lata 330 ml y Formato Familiar 2 L”.
    • Los productos pertenecientes al bloque “Lata 330 ml” son Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero Zero, Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Naranja Zero, Fanta Limón Zero, Nestea Limón, Nestea Limón sin azúcar, , Nestea Maracuyá, Nestea Manzana, Aquarius Limón, Aquarius Naranja, Aquarius Limón Zero, Aquarius Naranja Zero, Sprite Original, Sprite Zero, Nordic Original, Nordic Blue, Nordic Zero (250 ml), Schuss, Minute Maid Limón & Nada.
    • Los productos pertenecientes al bloque “Formato Familiar 2 L” son: Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero Zero, Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Naranja Zero, Fanta Limón Zero, Sprite Original y Sprite Zero.

    Estos dos bloques de productos tienen el valor de 10 puntos por cada caja de cualquiera de las referencias en el formato correspondiente mencionado en este apartado y todos sus sabores.
  • Bloque “Formato Familar 1,5 L y 1 L”:
    • Los productos pertenecientes al bloque “Formato Familiar 1,5 L” son: Coca-Cola, CocaCola Zero, Coca-Cola Zero Zero, Coca-Cola Light, Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Naranja Zero, Fanta Limón Zero, Fanta Piña y Fresa, Aquarius Naranja, Aquarius Limón, Aquarius Naranja Zero, Aquarius Limón Zero, Nestea Limón, Nestea Limón sin azúcar, Nestea Mango-Piña, Nestea Manzana, Nestea desteinado, Nestea Melocotón, Nestea Maracuyá, Aquarius Naranja, Aquarius Limón, Aquarius Naranja Zero, Aquarius Limón Zero, Sprite Original, Sprite Zero, Aquabona Singular (1,25 L).
    • Los productos pertenecientes al bloque “Formato Familiar PET 1L” son: Coca-Cola, CocaCola Zero, Coca-Cola Zero Zero, Coca-Cola Light, Fanta Naranja, Fanta Limón, , Aquarius Naranja, Aquarius Limón, Sprite Original, Minute Maid, Minute Maid Limón & Nada, Nordic Original y Schuss.

    Estos bloques de productos tienen el valor de 20 puntos por cada caja de cualquiera de las referencias en el formato correspondiente mencionado en este apartado y todos sus sabores.
  • Bloque “Formato Pet 500 ml”:
    • Los productos pertenecientes al bloque de formato Pet 500 ml son: Coca-ColaCoca-Cola Zero, Coca-Cola Zero Zero, Coca-Cola Light, Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Fresa, Nestea Limón, Sprite Original, Schuss, Powerade Ice Storm, Powerade Zero, Powerade Citrus Charge, Powerade Blood Orange y Aquabona Singular (125 ml).

    Este bloque de productos tiene el valor de 30 puntos por cada caja de cualquiera de las referencias en el formato correspondiente mencionado en este apartado y todos sus sabores.
  • Bloque “Energéticas”:
    • Los productos pertenecientes al bloque “Energéticas”: son Monster TM cualquier sabor regular y Zero, Burn TM cualquier sabor regular y zero, Coca-Cola Energy cualquier sabor y sin azúcar.

    Este bloque de productos tiene el valor de 40 puntos por cada caja de cualquiera de las referencias en el formato correspondiente mencionado en este apartado y todos sus sabores.
  • Bloque “Otros productos”: Los productos pertenecientes al bloque de formato otros productos son los siguientes clasificados por sus formatos correspondientes.
    • “FORMATO 1 L”: Nestea Origins cualquier sabor.
    • “FORMATO 750 ml”: Appletiser cualquier sabor.
    • “FORMATO 600 ml”: Smartwater.
    • “FORMATO 330 ml”: Capri-Sun Mango Maracuyá, Capri-Sun Naranja-Melocotón, Nestea Origins Black Tea Lemon, Nestea Origins Green Tea Mint, Honest Tea Té blanco Melocotón, Honest Infusions Ibisco Granada-Arándanos, Appletiser Manzana.
    • “FORMATO 275 ml”: Appletiser Manzana, Appletiser Granada, Aquarius Raygo Granada + Mango, Aquarius Raygo Manzana + Lichi, Minute Maid Duofrutas Mediterraneo, Minute Maid Duofrutas Tropical.
    • “FORMATO 250 ml”: Coca-Cola with Coffee, Monster Espresso cualquier sabor.
    • “FORMATO 240 ml”: Capri-Sun Multivitaminas, Capri-Sun Naranja, Capri-Sun Safari, CapriSun Cereza, Honest Coffee Latte, Honest Coffee Capuccino, Honest Coffee Mocca.

    Este bloque de productos tiene el valor de 50 puntos por cada caja de cualquiera de las referencias en el formato correspondiente mencionado en este apartado y todos sus sabores.

Se sumarán los puntos obtenidos en la cuenta de los participantes en la web www.tuytutiendadebarrio.es al finalizar cada mes de la promoción.

MECÁNICA B: OBTENCIÓN DE PUNTOS EXTRA

A lo largo del periodo promocional CCEP IBERIA podrá lanzar acciones puntuales, esto es, mejoras puntuales en la valoración de los productos, así como ampliar o modificar (siempre y cuando no perjudique a los Establecimientos participantes) los productos y/o variables seleccionadas para el programa Tu Tienda de Barrio 2020.

Estas promociones serán comunicadas al Cliente mediante la página web del programa, o mediante mensaje de texto al número que indicó el Titular en el registro en el momento en el que se activen, o vía email que será enviado a la dirección de correo electrónico indicada por el Cliente en el momento de registro en el programa.

Los Productos Promocionados serán los detallados en el apartado 4 de las presentes Bases o bien aquellos que se especifiquen de modo expreso por CCEP IBERIA en la modalidad promocional “Obtención de Puntos Extra” en cada caso. Si no se especificara ningún Producto Promocionado distinto a los indicados en el apartado 4 de las presentes Bases, los Productos Promocionados serán los detallados en dicho apartado 4 de las presentes Bases.

Los puntos sólo se contabilizarán por cajas entregadas, no devueltas y liquidadas. Las devoluciones serán consideradas como puntos negativos en el transcurso de la promoción. En caso de algún error, prevalecerán los puntos calculados según las cajas de producto entregadas al Establecimiento, liquidadas y no devueltas.

Independientemente de la mecánica por la compra de productos detallada anteriormente (Mecánica A), durante la duración de esta promoción, podrá suceder que los puntos que se obtengan por la compra de un determinado formato o producto comercializado por CCEP IBERIA, cambien. En caso de que así se defina por CCEP IBERIA, esto se realizará durante un periodo de tiempo concreto dentro del periodo promocional y, así se comunicará en los banners de la web www.tuytutiendadebarrio.es.

Los puntos se acumularán por Establecimiento, aunque, en caso de que un mismo titular tenga varios Establecimientos bajo un mismo NIF, podrá solicitar a CCEP IBERIA la unificación de todos sus puntos bajo un único Establecimiento. Esta unificación de puntos, que será determinada por CCEP IBERIA a su absoluta discreción, se hará efectiva una vez finalizado el periodo de obtención de puntos, es decir, a partir del 31 de octubre de 2020.

7. CONSULTA DE PUNTOS Y CANJEO

Los Titulares de los Establecimientos pueden conocer el estado de sus puntos a través de varias vías de información:

  • 1. Accediendo a la sección "Mis Puntos" en www.tuytutiendadebarrio.es, donde tendrá toda la información de sus puntos disponibles, así como del histórico de obtención y canje. Desde esta sección podrá ver el detalle de todos sus puntos obtenidos y los canjes de premios realizados, desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 1 de diciembre de 2020.
  • 2. Llamada telefónica al 919 100 360 (de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, hora peninsular, durante el mes de agosto de 09.00 a 15.00 horas), desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 1 de diciembre de 2020. En caso de solicitar el canje de regalos a través de llamada telefónica, el usuario deberá proporcionar los datos de identificación requeridos por la operadora (se entienden datos de identificación aquellos que se proporcionaron en el momento de registro en la promoción) antes de proceder a la solicitud de canje. Para determinados pedidos, como por ejemplo Experiencias o Viajes, se le solicitará al participante más información acerca de sus necesidades de viaje con el objetivo de presupuestar el valor en puntos de su solicitud.
  • 3. A través del chatbot insertado en www.tuytutiendadebarrio.es donde le facilitarán una respuesta de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18:00 horas, hora peninsular, excepto festivos en la Comunidad de Madrid.
  • 4. Preguntándole a su comercial.
  • 5. Escribiendo un correo electrónico a hola@tuytutiendadebarrio.es

El canje de puntos por regalos únicamente podrá realizarse entre el 1 de abril de 2020 y el 30 de noviembre de 2020. Pasado el 30 de noviembre de 2020, los puntos acumulados caducarán y no podrán ser canjeados por regalos, sin que nada pueda reclamarse a CCEP IBERIA por este motivo.

Independientemente de lo anterior, el canje de puntos por regalos se podrá realizar a través de:

  • 1. La página web www.tuytutiendadebarrio.es, accediendo a la sección “Catálogo” desde el 1 de abril de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2020.

    Para realizar un pedido online, el Titular debe completar todos los pasos hasta finalizar la solicitud y recibir la confirmación de que el pedido se ha realizado con éxito.

    Los pasos son los siguientes:

    • En la parte izquierda de la pantalla se agrupan los productos ofertados en el catálogo; el Titular deberá navegar por las secciones hasta localizar el regalo que desee solicitar.
    • Para hacer un pedido es necesario disponer de los puntos suficientes para realizar el canje del producto elegido.
    • Pinchar sobre el producto que le interese, leer con detalle las características del mismo y añadirlo a su carrito.
    • Introducir el número de unidades que desea.
    • Indicar la dirección donde quiere recibir el pedido y confirmar que los datos introducidos son correctos.
    • Una vez tramitado el pedido, los participantes tendrán 24 horas para cancelar o modificar el pedido. Una vez superadas las 24 horas no se admitirán modificaciones ni devoluciones.
    • En un plazo máximo de 30 días recibirá su regalo en la dirección confirmada.
  • 2. Llamada telefónica al número 919 100 360 (de lunes a viernes, desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, hora peninsular, excepto festivos en la Comunidad de Madrid), desde el 1 de abril de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2020.

    En caso de solicitar el canje de regalos a través de llamada telefónica, el usuario deberá proporcionar los datos de identificación requeridos por la operadora (se entienden datos de identificación aquellos que se proporcionaron en el momento de registro en la promoción) antes de proceder a la solicitud de canje.

    Los pasos para el canje de sus puntos por vía telefónica son los siguientes:

    • Se inicia la grabación y se lee la nota de la Política de Privacidad.
    • Se le solicitará su código de Cliente.
    • Se le informará sobre su saldo de puntos.
    • Deberá informar a la persona del Call Center de la referencia de su pedido.
    • Verificará la dirección de entrega del mismo.
    • En un plazo aproximado de 21 días laborables recibirá su regalo en la dirección confirmada.

No obstante en el caso de causar baja por cierre, el Establecimiento dispondrá de un periodo de 2 meses para canjear sus puntos desde el mes en que se haga efectivo este estado de baja en CCEP IBERIA. Dicho canje deberá realizarse mediante llamada telefónica.

De igual forma los clientes que incumplan con las bases del programa dispondrán de un periodo de 2 meses desde el mes de incumplimiento para canjear sus puntos y sólo podrán canjear los puntos acumulados durante los meses que sí cumplió con las presentes Bases. Dicho canje también deberá realizarse únicamente mediante llamada telefónica.

Los puntos que se canjeen contra los regalos solicitados se restarán de los puntos acumulados cumpliendo las bases el programa. Los movimientos de saldo de puntos, por el canje de regalos podrán consultarse en la misma página web www.tuytutiendadebarrio.es.

En ningún caso los puntos obtenidos tienen valor monetario, por tanto en ningún caso se canjearán por dinero. Únicamente al finalizar el periodo de acumulación de puntos (31 de octubre de 2020) CCEP IBERIA podrá activar una pasarela de pago durante el mes de noviembre si lo cree conveniente y a su absoluta discreción, para suplir la falta de puntos en caso de no tener acumulados suficientes para un determinado regalo, mediante el pago de la cantidad de dinero (siempre inferior a un 25% del valor del regalo), para suplir dicha falta.

El plazo para tramitar reclamaciones por el estado del pedido, incluyendo su funcionamiento, es de 24 horas desde la recepción del pedido.

Para aquellos productos que tengan tallaje se indicarán las medidas correspondientes y se guiará al usuario para la correcta elección de talla. En el caso de que una vez recibido no se ajuste a lo esperado, tendrá la opción de devolución de dicho artículo. La reclamación debe realizarse en un plazo de 14 días desde la recepción de su pedido.

Para cualquier duda, el Titular puede contactar con la organización a través del teléfono gratuito 919 100 360 o escribiendo a hola@tuytutiendadebarrio.com

8. CADUCIDAD DE LOS PUNTOS

Sólo podrán acumularse puntos hasta el 31 de octubre de 2020. Los puntos caducarán el 30 de noviembre de 2020, fecha límite para canjear regalos.

9. EXISTENCIAS REGALOS

En el catálogo online, disponible en la página web promocional www.tuytutiendadebarrio.es se incluye información detallada de los regalos disponibles y los puntos necesarios para su obtención. Este catálogo podrá variar a lo largo de la promoción en función de la rotura de stock o de la descatalogación que hagan los proveedores de CCEP IBERIA de sus productos.

Catálogo de Productos

Dentro del Catálogo de Productos habrá múltiples premios organizados entre las más diversas secciones: Electrónica, Deportes, Gourmet, Profesional, Salud y Belleza, etc. Todos ellos se mantendrán actualizados a lo largo del año, renovándose por modelos de calidad y valor igual o superior en caso de agotarse las existencias o la descatalogación de los mismos.

En este Catálogo habrá novedades cada poco tiempo, siguiendo las tendencias del mercado y de los participantes, publicándose en ocasiones en la web www.tuytutiendadebarrio.es ofertas, con las que los participantes podrán obtener premios rebajados durante un periodo de tiempo determinado o durante una serie de unidades limitadas.

10. ENTREGA REGALOS

Los regalos serán entregados al Participante en un plazo aproximado de 30 días de promedio, desde la realización del pedido. En cualquier caso, este plazo de entrega es estimativo por lo que el participante no podrá reclamar compensación alguna a COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. por cualquier retraso en la entrega del regalo en el citado plazo.

Normativa específica para el canjeo de productos

Antes de realizar un pedido el Participante deberá asegurarse de las características del producto solicitado ya que una vez cursado el pedido no se permitirá su anulación.

Al solicitar el premio, el Participante deberá tener en cuenta las siguientes CONSIDERACIONES:

  • 1. El producto seleccionado será entregado en la dirección postal aportada en la ficha de registro como dirección de envío de regalos o en caso de que fuese modificada por el Titular, la que conste en el momento de la solicitud de canje y siempre y cuando esta modificación se haya producido siguiendo los cauces previstos en el programa.
  • 2. El producto se entregará en primera instancia a la persona que figure como inscrita en la promoción, de acuerdo con la ficha de inscripción, solicitando la firma de éste en el albarán de entrega así como la exhibición de su DNI para la entrega de cualquier premio. En caso de que no se localice en el momento de la entrega a la persona inscrita en la promoción, CCEP IBERIA podrá entregar el premio a la persona responsable que en ese momento se encuentre en la dirección de entrega indicada. No se admitirán reclamaciones siempre que el albarán de entrega esté debidamente firmado según lo expuesto anteriormente.
  • 3. Es responsabilidad del participante la comprobación de que el premio no ha sufrido un golpe visible en el transporte. El plazo para cursar una reclamación por rotura es de 24 horas desde la fecha de entrega. Para ello deberá llamar al número de teléfono 919 100 360 o enviar un mail a hola@tuytutiendadebarrio.es y devolver el premio tal cual se le hizo entrega y en sus embalajes originales.
  • 4. Por otro lado, el participante dispondrá de un plazo de 14 días naturales desde la fecha de entrega para comprobar su funcionamiento y para cursar la devolución del mismo ante CCEP IBERIA. En caso de disfunción el participante deberá dar parte de ello llamando al número de teléfono 919 100 360 o enviando un mail a hola@tuytutiendadebarrio.es y devolver el premio en sus embalajes originales. Si se comprueba que un producto, al ser devuelto por un participante, no se encuentra en perfecto estado y/o con sus embalajes originales, no se aceptará la devolución del premio y, por tanto, no se devolverán los puntos utilizados durante el canjeo. Verificado que el producto no se encuentra en perfecto estado y/o con sus embalajes originales, CCEP IBERIA procederá a reenviar de vuelta al participante el producto cuya devolución se solicitó.
  • 5. No se admitirán devoluciones de productos pasados los 14 días desde su recepción.
  • 6. Una vez pasado el plazo de 14 días detallado en los apartados 4 y 5 anteriores, cualquier reclamación deberá tramitarse con el fabricante, representante, servicio técnico o concesionario oficial, quedando COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. exenta de toda responsabilidad o intervención por tales incidencias. Para hacer uso de ella el participante deberá adjuntar el albarán de entrega y el documento de garantía del fabricante adjuntos al regalo. En caso de no encontrarlo puede reclamarlo en el número 919 100 360 durante el mes siguiente a la recepción. Los artículos tendrán la garantía habitual del fabricante.
  • 7. No será aceptado el intercambio de puntos por artículos no contenidos en el catálogo ni por dinero. Las sugerencias remitidas por los participantes serán atendidas, según el volumen de solicitudes, por los responsables del programa. El envío de una sugerencia no implica que ésta sea aceptada y que los productos se puedan ofertar en el catálogo del programa.
  • 8. CCEP IBERIA no se hace responsable de las DESCATALOGACIONES o CESE DE PRODUCCIÓN de determinados artículos de los proveedores. Cuando un producto sufre una de estas incidencias, CCEP IBERIA se lo comunicará todos los participantes que hayan realizado ese pedido para ofrecer una alternativa o la devolución de los puntos canjeados, en el plazo de 3 días laborables desde la fecha de notificación por parte del fabricante o distribuidor. El plazo de entrega, en estos casos, se verá ampliado de nuevo desde la elección de alternativa por el participante.

11. BAJA DE PARTICIPANTES EN LA PROMOCIÓN

CCEP IBERIA estará legitimada para dar de baja en la presente promoción a determinados participantes y, por tanto, éstos no podrán seguir acumulando puntos, cuando dichos Establecimientos no compren a CCEP IBERIA las compras mínimas de Productos Promocionados necesarias para continiuar participando en la presente promoción, de acuerdo con lo detallado en las presentes Bases Promocionales.

En caso de que dicho cliente no compre a CCEP IBERIA la compra mínima de al menos una (1) caja de al menos uno de los bloques de productos promocionados descritos en la “Mecánica A” detallada en el apartado 7 de las presentes Bases, CCEP IBERIA podrá dar de baja de la promoción a dicho Establecimiento, no pudiendo seguir acumulando ese participante más puntos desde ese momento.

Para canjear sus puntos acumulados durante los meses en que cumplió con las presentes Bases, los participantes dados de baja dispondrán de un periodo de 2 meses desde el mes de incumplimiento para canjear sus puntos y sólo podrán hacerlo mediante llamada telefónica al número 919 100 360.

En el caso de causar baja por cierre o cese de contrato con CCEP IBERIA, igualmente los participantes dispondrán de un periodo de 2 meses desde el mes en que se haga efectivo este estado de baja en CCEP IBERIA para canjear los puntos acumulados hasta el momento, mediante llamada telefónica.

12. MODALIDAD PROMOCIONAL PROMOCIÓN SEPTIEMBRE

Podrán participar en esta modalidad promocional los clientes mayores de 18 años que estén dados de alta correctamente en la promoción Tu Tienda de Barrio 2020 y que entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de septiembre de 2020 (periodo de vigencia de la modalidad promocional Promoción Septiembre), adquieran a CCEP IBERIA las cajas de Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Septiembre”, según se detalla a continuación, necesarias para participar en la modalidad promocional Promoción Septiembre.

Productos promocionados en la modalidad promocional “Promoción Septiembre”.

Con carácter general, serán Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Septiembre” los productos y en los formatos indicados a continación (siempre en el formato en que sean comercializados por CCEP IBERIA).

  • Coca-Cola Zero en formato PET 2L y/o PET 1L.
  • Coca-Cola Zero Zero en formato PET 2L y/o PET 1L.

En lo que respecta a los Establecimientos participantes ubicados en la Comunidad Autonoma de Canarias, además de los Productos Promocionados indicados en el apartado anterior, serán Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Septiembre” en dicho territorio, los productos y en los formatos indicados a continación (siempre en el formato en que sean comercializados por CCEP IBERIA):

  • Coca-Cola Zero en formato PET 1,5L.
  • Coca-Cola Zero Zero en formato PET 1,5L.

Compra mínima de productos promocionados y mecánica de participación en la modalidad promocional “Promoción Septiembre”.

Para participar en la modalidad promocional “Promoción Septiembre” el participante deberá adquirir a CCEP IBERIA al menos 4 cajas de los Productos Promocionados en la modalidad promocional y detallados en los apartados anteriores.

La compra mínima deberá ser realizada durante el periodo de vigencia de la modalidad promocional “Promoción Septiembre” (entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de septiembre de 2020).

12.b.- Premios en la modalidad promocional Promoción Septiembre.

Una vez adquiridas al menos 4 cajas de los Productos Promocionados en la presente modalidad promocional, el participante obtendrá 600 puntos a su cuenta de cliente de la Promoción. La compra superior a 4 cajas de los Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Septiembre”, no dará derecho a puntos adicionales, siendo los 600 puntos el máximo que puede obtener el participante en dicha modalidad.

Los puntos que el Establecimiento que haya realizado la compra mínima en la presente modalidad se ingresarán en la cuenta de puntos que se haya abierto a favor de dicho Establecimiento en la página web www.tuytutiendadebarrio.es con sujección a lo establecido en el apartado 6 de las presentes Bases Legales.

Como excepción, la limitación mensual de puntos establecida en el apartado 6 de las presentes Bases Legales, no será de aplicación en cuanto los 600 puntos se podrán otorgar incluso a aquellos participantes quienes habiendo llegado a la mencionada limitación mensual, realicen la compra mínimia establecida para la “Promoción Septiembre”.

13. MODALIDAD PROMOCIONAL PROMOCIÓN OCTUBRE

Podrán participar en esta modalidad promocional los clientes mayores de 18 años que estén dados de alta correctamente en la promoción Tu Tienda de Barrio 2020 y que entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de octubre de 2020 (periodo de vigencia de la modalidad promocional Promoción Octubre), adquieran a CCEP IBERIA las cajas de Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Octubre”, según se detalla a continuación, necesarias para participar en la modalidad promocional Promoción Octubre.

Productos promocionados en la modalidad promocional “PromociónOctubre”.

Con carácter general, serán Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Octubre” los productos y en los formatos indicados a continuación (siempre en el formato en que sean comercializados por CCEP IBERIA).

  • Fanta Naranja en formato PET 500 ML.
  • Fanta Limón en formato PET 500 ML.

En lo que respecta a los Establecimientos participantes ubicados en la Comunidad Autonoma de Canarias, además de los Productos Promocionados indicados en el apartado anterior, serán Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Octubre” en dicho territorio, los productos y en los formatos indicados a continuación (siempre en el formato en que sean comercializados por CCEP IBERIA):

  • Fanta sabor fresa en formato PET 500 ML.

Compra mínima  de productos promocionados y mecánica de participación en la modalidad promocional “Promoción Octubre”.

Para participar en la modalidad promocional “Promoción Octubre” el participante deberá adquirir a CCEP IBERIA al menos 3 cajas de los Productos Promocionados en la modalidad promocional y detallados en los apartados anteriores.

La compra mínima deberá ser realizada durante el periodo de vigencia de la modalidad promocional “Promoción Octubre” (entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de octubre de 2020).

13.b.- Premios en la modalidad promocional Promoción Octubre.

Una vez adquiridas al menos 3 cajas de los Productos Promocionados en la presente modalidad promocional, el participante obtendrá 600 puntos en su cuenta de cliente de la Promoción. La compra superior a 3 cajas de los Productos Promocionados en la modalidad promocional “Promoción Octubre”, no dará derecho a puntos adicionales, siendo los 600 puntos el máximo que puede obtener el participante en dicha modalidad.

Los puntos que obtenga el Establecimiento que haya realizado la compra mínima en la presente modalidad se ingresarán en la cuenta de puntos que se haya abierto a favor de dicho Establecimiento en la página web www.tuytutiendadebarrio.es con sujeción a lo establecido en el apartado 6 de las presentes Bases Legales.

Como excepción, la limitación mensual de puntos establecida en el apartado 6 de las presentes Bases Legales, no será de aplicación en cuanto los 600 puntos se podrán otorgar incluso a aquellos participantes que, habiendo llegado a la mencionada limitación mensual, realicen la compra mínima establecida para la “Promoción Octubre”.

14. OTRAS NORMAS APLICABLES A LAS PROMOCIONES DE COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.

1. LEGISLACIÓN APLICABLE:

Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez.

2. INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

La participación la presente promoción es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases.

De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.

Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad, entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase de la Promoción, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos la entidad responsable y organizadora de la promoción.

El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.

Responsable del tratamiento: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante RGPD), informamos a los participantes y ganadores que los datos personales que se faciliten para participar en la presente Promoción serán tratados por la siguiente entidad, como responsable del tratamiento: COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U. (CCEP IBERIA; Calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid).

Delegado de protección de datos: La dirección electrónica de contacto del delegado de protección de datos es privacy@ccep.com

Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos:

  • Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).
  • Gestionar su registro en la presente Promoción si ésta se desarrolla por web, para lo cual el interesado deberá acceder y aceptar la política de privacidad y demás textos publicados en el sitio web de CCEP IBERIA en caso de que ésta sea la vía a través de la cual se realiza el registro.
  • Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
  • Recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
  • Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
  • Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
  • Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
  • Identificar al interesado ganador.
  • Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
  • Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
  • Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
  • Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
  • Entregar el premio al interesado ganador.
  • Cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.

Cuál es la legitimación de CCEP IBERIA para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la presente promoción, la cual se detalla en el presente documento, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a CCEP IBERIA.

Comunicación de datos a terceros por CCEP IBERIA: Los datos personales tratados por CCEP IBERIA para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:

  • Al Notario depositario de las bases a fin de controlar la legalidad de la promoción y su desarrollo.
  • A Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda.
  • A Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes CCEP IBERIA se viera obligada a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por CCEP IBERIA o por el propio interesado.
  • En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con la finalidad de poder asignar correctamente el premio obtenido por el interesado, CCEP IBERIA cederá sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado, con la finalidad de llevar a cabo las gestiones oportunas para el disfrute del premio, siendo la base legitimadora de tal comunicación de datos el desarrollo y ejecución de la relación promocional.

Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por CCEP IBERIA implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Plazo de conservación de datos por CCEP IBERIA: CCEP IBERIA conservará los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y, finalizado el tratamiento, durante los plazos de conservación establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales de CCEP IBERIA.

Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) mediante comunicación escrita a la entidad responsable del tratamiento, acompañando una fotocopia del documento nacional de identidad, a cualquiera de las siguientes direcciones:

Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.agpd.es) en particular, en relación con el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a interponer la reclamación y de forma voluntaria, los interesados pueden contactar con el delegado de protección de datos de CCEP IBERIA en la siguiente dirección privacy@ccep.com

Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento bajo responsabilidad de CCEP IBERIA según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a cada uno de estos responsables.

A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a CCEP IBERIA se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.

Carácter complementario de lo establecido en las presentes bases respecto del tratamiento de datos de participantes y ganadores: Lo establecido en las presentes bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los interesados (participantes y ganadores), es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente Promoción.

DERECHOS DE IMAGEN

Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.

De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:

  • Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.
  • CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
  • Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publipromocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:

  • El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
  • El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
  • El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.
  • El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
  • El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.

El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.

La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.

DERECHO A REPORTAR ABUSOS

Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.

No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.

Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.

En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.

3. RETENCIÓN FISCAL:

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCACOLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.

De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

3.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).

El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizó.

3.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención de su importe (Art.99 del RIRPF).

  • 3.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.

    El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.
  • 3.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.

    El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.

3.3. Carta de Aceptación de Premios.- Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que CCEP IBERIA le hará llegar.

La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador, adjuntando copia de su D.N.I y remitida por parte del Ganador, salvo que las presentes Bases especifiquen otro plazo o dirección, en el plazo de 7 días naturales desde su recepción a la dirección que le sea indicada por CCEP IBERIA.

Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA):

  • a) la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.
  • b) la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padre/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
  • c) La no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto.

4. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS:

COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.

5. EXCLUSIONES:

Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.

6. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS:

COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.

7. ENTREGA DE PREMIOS:

Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español.

8. IDENTIFICACIÓN:

La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (D.N.I., pasaporte u otro documento oficial de identificación).

9. PRUEBAS DE COMPRA:

En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con PinCode, etc.,…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:

9.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.

9.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.

9.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.

9.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. hubiera recibido.

10. PARTICIPACIÓN MEDIANTE CUPONES:

En caso de que para participar en la Promoción los participantes deban rellenar un Cupón o Papeleta con sus datos personales u otro tipo de datos, serán nulos todos los Cupones o papeletas ilegibles, con datos equivocados o no correctamente cumplimentados. En dichos casos, estas participaciones serán consideradas no válidas, se perderá la condición de Ganador y, en su caso, se sustituirán por los reserva/s.

11. TARJETAS RASCA Y GANA:

En caso de que la presente Promoción requiera la utilización de Tarjetas Rasca y Gana, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. garantiza que las Tarjetas Rasca y Gana estarán mezcladas aleatoriamente, así como su seguridad e inviolabilidad técnica, de tal modo que no se puede conocer de antemano las que están premiados.

No se admitirán Tarjetas Rasca y Gana rotas, enmendadas o fotocopiadas.

Queda prohibida la venta de las Tarjetas Rasca y Gana promocionales.

12. PREMIOS.-

12.1.- En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.

12. 2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio.

12.3.- COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.

12.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).

12.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los) sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.

13. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES:

La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases Legales.